
El Consejo Internacional de Normas de Sostenibilidad (ISSB - International Sustainability Standards Board) emitió enmiendas a la NIIF S2 'Información a revelar relacionada con el Clima' tituladas 'Enmiendas a las revelaciones de emisiones de gases de efecto invernadero' (las Enmiendas). Estas Enmiendas representan cambios puntuales en los requisitos de revelación sobre emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), en respuesta a los desafíos de aplicación que las entidades reportantes identificaron al comenzar a aplicar la Norma.
Las Enmiendas
Los cambios clave que surgen de las Modificaciones son:
Límite a divulgaciones de emisiones de Alcance 3, Categoría 15
Las Enmiendas permiten que las entidades limiten lo que incluyen dentro de las emisiones del Alcance 3, Categoría 15, a solo sus emisiones financiadas. En este contexto, se consideran emisiones financiadas aquellas atribuibles a préstamos e inversiones realizados por la entidad a contrapartes o empresas participadas (investees). Para entidades de gestión de activos, también se incluyen las emisiones atribuibles a los activos bajo gestión. Sin embargo, ahora se pueden excluir las emisiones atribuibles a derivados.
Cuando se aplique esta limitación, la entidad deberá explicar qué instrumentos se han tratado como derivados. También deberá describir las actividades financieras que quedaron excluidas de la medición de las emisiones del Alcance 3, Categoría 15, incluyendo actividades vinculadas a derivados.
Exenciones jurisdiccionales respecto de ciertos requisitos
La NIIF S2 anteriormente exigía que las entidades midieran sus emisiones de GEI de acuerdo con el “Greenhouse Gas Protocol: A Corporate Accounting and Reporting Standard (2004)”. Las Enmiendas incorporan una exención a este requisito cuando una autoridad jurisdiccional o bolsa de valores exija el uso de un método diferente, total o parcialmente. Esta exención permite que las entidades apliquen el método requerido por la jurisdicción únicamente a la parte de la entidad a la que dicho requisito aplica.
El ISSB también proporcionó una exención jurisdiccional al calcular los valores equivalentes de CO₂ usando valores de Potencial de Calentamiento Global (GWP - Global Warming Potential). Antes, estos valores debían ser los incluidos en el último informe del Intergovernmental Panel on Climate Change disponible a la fecha de reporte. Las Enmiendas introducen una exención similar cuando una autoridad jurisdiccional o bolsa exige el uso de otros valores GWP. Nuevamente, esto se aplica únicamente a la parte de la entidad sujeta a ese requerimiento.
Desagregación de información por industria
Las entidades con actividades de banca comercial o seguros deben revelar sus emisiones financiadas brutas absolutas, desagregadas por emisiones de Alcance 1, Alcance 2 y Alcance 3, para cada industria según clase de activo. Antes, se exigía que utilizaran el Estándar Internacional de Clasificación Industrial (GICS - Global Industry Classification Standard) para clasificar a sus contrapartes en industrias al preparar estas revelaciones.
Las Enmiendas introducen una exención a este requisito y permiten que la entidad seleccione un sistema de clasificación industrial que le permita a los usuarios comprender la exposición de la entidad a riesgos de transición relacionados con el clima. También incluyen orientación para elegir un sistema que asegure comparabilidad. Las entidades deberán revelar qué sistema se utilizó y brindar información que permita a los usuarios entender cómo la selección realizada cumple con los requisitos de la Norma.
Fecha de entrada en vigor
Estas Enmiendas entran en vigor para los períodos de reporte que comiencen el 1 de enero de 2027 o con posterioridad, permitiéndose su aplicación anticipada.
Nuestros pensamientos
Celebramos que el ISSB haya tomado medidas para simplificar los requisitos de revelación de emisiones de GEI para las entidades que aplican la NIIF S2. Las revelaciones de emisiones financiadas son complejas de calcular, por lo que la guía y las exenciones específicas facilitarán su correcta aplicación. Además, las exenciones para entidades sujetas a requisitos jurisdiccionales específicos ayudarán a evitar conflictos entre requisitos de reporte y favorecerán una aplicación más amplia de las Normas del ISSB en más jurisdicciones.
Podés acceder al texto completo de las Modificaciones emitidas por el ISSB acá.