NIIF 2: Pagos basados en acciones a no empleados
AuditoríaEste artículo analiza la contabilidad de las transacciones de pagos basados en acciones con no empleados.

Los pagos basados en acciones se han vuelto cada vez más populares a lo largo de los años, y muchas entidades utilizan instrumentos de patrimonio o efectivo y otros activos basados en el valor de los instrumentos de patrimonio como forma de pago a directores, altos directivos, empleados y otros proveedores de bienes y servicios.
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(Contenido en inglés)
Si bien los principios contables generales se han mantenido prácticamente sin cambios desde la introducción de la NIIF 2 'Pagos basados en acciones' en 2004, la contabilidad de los pagos basados en acciones es un área que no se comprende bien en la práctica y las entidades a menudo tienen dificultades para aplicar los requisitos a los acuerdos de pago basados en acciones cada vez más complejos e innovadores.
Cuando una entidad celebra un acuerdo de pago basado en acciones con “empleados u otras personas que prestan servicios similares”, debe determinar:
Fecha en la que la entidad y otra parte (incluido un empleado) pactan un acuerdo de pago basado en acciones, siendo esta fecha cuando la entidad y la contraparte tienen un entendimiento compartido de los términos y condiciones del acuerdo. En la fecha de concesión, la entidad confiere a la contraparte el derecho a efectivo, otros activos o instrumentos de patrimonio de la entidad, siempre que se cumplan las condiciones de adquisición de derechos especificadas, si las hubiera. Si ese acuerdo está sujeto a un proceso de aprobación (por ejemplo, por parte de los accionistas), la fecha de concesión es la fecha en la que se obtiene la aprobación.
Determinar la “fecha de concesión” es importante cuando una transacción de pago basada en acciones se realiza entre una entidad y sus empleados, ya que es la fecha en la que se mide la transacción.
Para las transacciones de pago basadas en acciones con empleados, la fecha de concesión es:
Hay dos componentes clave en esta definición de 'fecha de concesión':
1. Tanto la entidad como el empleado están obligados a:
2. Se deberían haber obtenido las aprobaciones necesarias, si corresponde.
Período durante el cual deben cumplirse todas las condiciones de adquisición especificadas de un acuerdo de pago basado en acciones.
Los acuerdos de pago basados en acciones suelen contener condiciones de adquisición, que determinan si la entidad recibe los servicios que dan derecho a la contraparte a recibir efectivo, otros activos o instrumentos de patrimonio de la entidad. Las condiciones de adjudicación pueden ser condiciones de servicio o de desempeño (que, por definición, incluyen una condición de servicio).
Normalmente, el período de adquisición es el período comprendido entre la fecha de concesión y la fecha de adquisición.
La cantidad por la cual se podría intercambiar un activo, liquidar un pasivo o conceder un instrumento de patrimonio entre partes informadas y dispuestas en una transacción en condiciones de plena competencia.
La NIIF 2 requiere que una entidad mida las transacciones de pago basados en acciones al valor razonable de los bienes o servicios recibidos, a menos que ese valor razonable no pueda medirse de forma fiable. Si una entidad no puede medir el valor razonable de manera fiable, mide los bienes o servicios por referencia al valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos.
En el caso de transacciones con empleados, la NIIF 2 señala que generalmente no es posible medir los servicios recibidos para componentes específicos del paquete de remuneración de un empleado (un empleado puede recibir un salario base, bonificaciones, otros beneficios y una compensación basada en acciones), lo que dificulta atribuir el servicio a un componente en particular. Por lo tanto, una entidad debe medir el valor razonable de los servicios de los empleados en referencia al valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos a la fecha de concesión.
Para transacciones de pago basados en acciones con partes diferentes a los empleados, existe una presunción refutable de que el valor razonable de los bienes o servicios puede estimarse de manera confiable. El valor razonable debe determinarse en la fecha en que se obtiene el bien o se presta el servicio. En las raras circunstancias en las que la entidad determine que no puede estimar de manera confiable el valor razonable de los bienes o servicios, deberá medirlo utilizando el valor razonable de los instrumentos de patrimonio otorgados.
Para obtener información más detallada sobre estos principios básicos de los acuerdos de pago basados en acciones con los empleados, descargá nuestra guía completa.
Esperamos que la información de este artículo te resulte útil para conocer algunos detalles sobre los aspectos de la NIIF 2. Si deseás analizar o conversar sobre alguno de los puntos planteados, escribinos.
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