SOSTENIBILIDAD

La CE adopta las ESRS revisadas y el estándar voluntario

Resumen ejecutivo

La Comisión Europea (CE) adoptó la versión final de las Normas Europeas de Información de Sostenibilidad (ESRS) revisadas. A continuación, se inició un período de control de dos meses, prorrogable por otros dos meses, durante el cual el acto delegado se remitió al Parlamento Europeo y al Consejo de la Unión Europea. Los requisitos de información serán obligatorios para los períodos sobre los que se informa que comiencen el 1 de enero de 2027 o con posterioridad. Al mismo tiempo, la CE también adoptó un nuevo estándar voluntario de información para las entidades no comprendidas en los requisitos obligatorios.

Contenido:

Contexto

El 3 de julio de 2026, la Comisión Europea (CE) adoptó la versión final de las Normas Europeas de Información de Sostenibilidad (ESRS - European Sustainability Reporting Standards) revisadas. A continuación, se inició un período de control de dos meses, prorrogable por otros dos meses, durante el cual el acto delegado se remitió al Parlamento Europeo y al Consejo de la Unión Europea.

El nuevo reglamento entró en vigor una vez publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea y los requisitos de información serán obligatorios para los períodos sobre los que se informa que comiencen el 1 de enero de 2027 o con posterioridad. Al mismo tiempo, la CE también adoptó un nuevo estándar voluntario de información para las entidades no comprendidas en los requisitos obligatorios.

Esto completa un extenso proceso de revisión que incluyó asesoramiento técnico y consultas con el Grupo Consultivo Europeo en Información Financiera (EFRAG - European Financial Reporting Advisory Group) y las partes interesadas, con el objetivo de simplificar los requisitos de información de las ESRS y reducir la carga para las entidades informantes.

Resumen de los nuevos requisitos

Los requisitos técnicos finales adoptados son, en gran medida, los mismos que los incluidos en el proyecto de acto delegado, con algunas actualizaciones limitadas, entre ellas:

  • Mayor flexibilidad en la presentación del informe conforme a las ESRS: las nuevas ESRS permiten alternativas a la anterior declaración ESRS de cuatro secciones.
  • Escenarios relacionados con el clima: las nuevas ESRS permiten que las entidades utilicen escenarios relacionados con el clima desarrollados para otros fines a efectos de cumplir los requisitos de la ESRS E1.
  • Efectos financieros anticipados: las nuevas ESRS prorrogan por un año adicional la exención relativa a los efectos financieros anticipados. Las entidades de la primera ola ya no estarán obligadas a proporcionar información alguna sobre los efectos financieros anticipados hasta la presentación de información correspondiente al ejercicio 2028. Las demás entidades no estarán obligadas a proporcionar información alguna sobre los efectos financieros anticipados durante sus dos primeros años de presentación de información.

Requisitos de transición

El principal cambio introducido se relaciona con los requisitos de transición. Conforme al proyecto de acto delegado, las entidades informantes tenían la opción, para el ejercicio 2026, de aplicar las ESRS «anteriores» o adoptar anticipadamente y en su totalidad las ESRS revisadas. El acto delegado final incorpora una tercera opción, según la cual las entidades informantes pueden aplicar la versión anterior de las ESRS, pero con ocho alivios específicos respecto a las normas revisadas. Los ocho alivios son:

  • El nuevo enfoque «descendente» para la evaluación de doble materialidad.
  • El nuevo alivio respecto a los costos y esfuerzos desproporcionados para realizar la evaluación de doble materialidad, incluidas las limitaciones sobre la información de la cadena de valor.
  • Alivios relacionados con nuevas adquisiciones o ventas de subsidiarias durante el período sobre el que se informa.
  • Alivio para actividades no significativas al calcular métricas.
  • Alivio que permite incluir parcialmente el alcance de la cadena de valor en el cálculo de métricas.
  • Alivio para operaciones conjuntas en las que la entidad informante no tiene control operativo sobre el cálculo de métricas.
  • Alivio que permite presentar la información de la Taxonomía de la UE en un anexo separado de la declaración de sostenibilidad.
  • La opción de incluir un resumen ejecutivo en la declaración de sostenibilidad para comunicar mensajes clave sobre sus impactos, riesgos y oportunidades materiales.

Para obtener detalles sobre las simplificaciones propuestas por EFRAG en su asesoramiento técnico, podés consultar nuestra Alerta de Sostenibilidad 2025-19. Para obtener detalles sobre los cambios adicionales incorporados por la CE, podés leer nuestra Alerta de Sostenibilidad 2026-03.  

La CE considera que, como resultado de la simplificación de las ESRS, los costos de presentación de información se reducirán en más de un 30% para cada entidad informante.

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Fecha de entrada en vigor

El período de control del nuevo acto delegado tuvo una duración de dos meses y podía prorrogarse por otros dos meses para que el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea dispongan de tiempo suficiente para examinarlo. Dado que no se formularon objeciones durante el período, el 21 de septiembre fue publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, entrando en vigor.

Los nuevos requisitos de las ESRS son de aplicación obligatoria para los períodos sobre los que se informa que comiencen el 1 de enero de 2027 o con posterioridad. Permite su aplicación anticipada en los períodos sobre los que se informa que comiencen a partir del 1 de enero de 2026, mediante la aplicación de una de las opciones de transición enumeradas previamente.

Nuestra opinión

Nos complace que el proyecto de simplificación de las ESRS esté llegando a su fin. Es importante brindar a las entidades de la UE y del resto del mundo la certeza necesaria para que puedan invertir en datos y procesos de presentación de información y facilitar así la elaboración de informes sobre sostenibilidad de alta calidad.

Aún resta saber cuántas entidades optarán por utilizar íntegramente los nuevos requisitos para la presentación de información correspondiente al período 2026, o si el ahorro de costos será tan significativo como considera la CE. Tampoco está claro cuántas entidades más pequeñas, no comprendidas en el alcance de la Directiva sobre Información Corporativa en materia de Sostenibilidad (CSRD - Corporate Sustainability Reporting Directive), optarán por presentar información utilizando la norma voluntaria.

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